VENDER PISO PARA MAYORES DE 65 AÑOS EN MÁLAGA
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VENDE PISO PARA MAYORES DE 65 AÑOS
Si eres mayor de 65 años y quieres saber cuáles son los gastos, descuentos y bonificaciones a las que tienes derecho a la hora de vender tu piso, te queremos ayudar.
¿Cómo vender un piso para mayores de 65 años?
Pasos para vender tu piso a mayores de 65 años
- Contáctanos: visita nuestras oficinas o llámanos para vender tu piso de forma fácil y nos encargamos de todo el proceso para tu tranquilidad.
- Visita a la vivienda de un asesor: uno de nuestros asesores visitará tu vivienda para darte una valoración de mercado y ayudarte a conseguir el precio más alto posible.
- Estudio personal: antes de poner tu vivienda a la venta te hacemos un estudio donde resolveremos todas tus dudas y te calcularemos por adelantado todos los gastos que hay al vender una vivienda y qué posibles descuentos puedes tener por ser mayor de 65 años.
- Venta de la vivienda: pondremos a tu disposición todas nuestras herramientas profesionales y el acompañamiento continuo de un asesor personal que se te asignará en exclusiva. Gestionaremos todos los pasos de la venta para evitarte al máximo las molestias.
- Servicio integral hasta después de firmar: una vez firmado en notaría, tendrás que tributar en los diferentes organismos y cambiar los suministros y tributos de la vivienda para así evitar sorpresas. Pero tranquilo, estaremos a tu disposición hasta el final del proceso.
Gastos al vender un piso si tienes más de 65 años
- Plusvalía municipal: uno de los impuestos que hay que pagar al vender una casa es el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía municipal. Este grava, como bien su nombre lo indica, el aumento de valor que ha experimentado tu vivienda durante el tiempo que la has tenido en propiedad. Está cedido a los ayuntamientos, por lo que tendrás que liquidarlo en la dirección de Hacienda autonómica.
- IRPF de vivienda: los mayores de 65 años no pagan IRPF por la venta de su vivienda habitual, independientemente de si reinvierten o no su dinero en otra propiedad. Pero si la casa que venden es una segunda residencia, en cambio, tendrán que tributar por ella, a menos que utilicen el dinero de la venta para constituir una renta vitalicia bajo los siguientes requisitos:
- Plazo: contratación de la renta vitalicia hecha en un plazo de seis meses desde la fecha de la venta.
- Cantidad: el monto máximo cuya reinversión da derecho a disfrutar de la exención es de 240.000 euros.
- Frecuencia: la renta tendrá tener una frecuencia igual o inferior a un año. Asimismo, esta se deberá comenzar a percibir en el plazo de un año desde su constitución.
- Comunicación: tendrás que comunicar a la entidad aseguradora o al banco que el dinero es producto de la venta de una vivienda y que pretendes acogerte a la exención.
Tributación al vender primera vivienda con más de 65 años
En caso de que el vendedor tenga más de 65 años y venda vivienda habitual, siendo esta su residencia habitual al menos los últimos tres años, no tendrán que tributar por la ganancia obtenida en el IRPF. En cambio, sí están obligados a la presentación de la renta igualmente.
También deberán abonar la plusvalía municipal del ayuntamiento correspondiente.
Tributación de venta de segunda vivienda para mayores 65 años
Existen bonificaciones para la venta de segunda vivienda para mayores de 65 años, como en caso de que el cliente reinvierta dicho capital en una renta vitalicia garantizada. Así pues, dicha bonificación tiene sus condiciones y limitaciones.
Si quieres que estudiemos tu caso gratuitamente, ponte en contacto y uno de nuestros asesores te atenderá personalmente.