VPO Junta de Andalucía
Te gestionamos la venta de tu vivienda de VPO de la Junta de Andalucía. Nos encargamos de la documentación y todos los pasos para vender tu vivienda de VPO de la Junta de Andalucía en las mejores condiciones. Ponemos a tu disposición un gran equipo de profesionales con gran experiencia en la venta, descalificación y tramitación de VPO de la Junta de Andalucía en Málaga.
Sea cual sea el tipo de VPO al que corresponda tu vivienda, te asesoraremos sobre los requisitos, pasos y gastos para vender tu vivienda con todas las garantías. Deja que nos hagamos cargo de todo mientras disfrutas de tiempo.
- Asesoramiento sobre requisitos y posibilidades
- Solicitud de precio máximo
- Gestión de documentos
- Descalificación de la vivienda o Venta como VPO
- Presentación de solicitudes
- Acompañamiento hasta la firma
Da igual el tipo de VPO de la Junta de Andalucía que quieras vender
La inmensa mayoría de las viviendas de VPO de la Junta de Andalucía se pueden vender si se cumplen con unos requisitos previos. Te informaremos del tipo de VPO y los requisitos necesario para poder vender con todas las garantías.
El asesoramiento incluye saber si te conviene más vender la vivienda descalificada o como VPO. Para ello estudiamos tu caso y te informamos sobre todas las posibilidades, gastos, plazos y gestiones necesarias.
Una vez que hayas decidido que es lo que más te conviene, nuestro equipo se encargará de todo. Pide ya tu asesoramiento gratuito y uno de nuestros agentes te informará de todo.
Cálculo devolución de ayudas VPO Andalucía
Las personas interesadas en descalificar su vivienda deberán presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, ante la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la provincia donde se ubique la vivienda.
La Delegación Territorial deberá resolver, en el plazo máximo de tres meses desde la solicitud, sobre la procedencia de la descalificación.
La descalificación quedará condicionada, en su caso, a la devolución de las ayudas directas o indirectas que se hayan podido conceder incrementadas con sus intereses legales, y la autoliquidación de los beneficios fiscales correspondientes, que habrá de practicarse en el plazo máximo de tres meses desde su notificación.
Una vez comprobada por la Delegación Territorial el ingreso de las cantidades anteriores, la descalificación podrá inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Para hacer el cálculo del importe total a devolver para vender tu vivienda de protección oficial, debes sumar las ayudas recibidas cada año y aplicarle el tipo de interés legal vigente.
No obstante, cada caso es único y hay muchos factores intervinientes, por lo que es recomendable que te dirijas a la Consejería de la Vivienda de Andalucía o contacte con nuestros asesores para que ellos te realicen el cálculo y te den información ajustada a tu situación particular.
Ingresos máximos VPO Andalucía
Los ingresos familiares ponderados no podrán superar los ingresos máximos que el Plan autonómico de vivienda vigente fije para el programa asimilable al de la vivienda que se va a adquirir. El actual Plan Vive 2020-2030 establece los siguientes límites de ingresos:
- 3,00 IPREM para Régimen Especial
- 4,00 IPREM para Régimen General
- 5,50 IPREM para Precio Limitado.
¿Cuándo puedo vender una VPO en Andalucía?
La persona propietaria, previa autorización de la Delegación Territorial correspondiente, podrá transmitir la vivienda, alquilarla o ceder su uso una vez hayan transcurrido diez años desde la fecha de formalización de la escritura pública o, en el caso de promotores individuales para uso propio, desde la fecha de la calificación definitiva. Esta condición puede exceptuarse en los siguientes casos, contemplados en el artículo 26 del Reglamento de Viviendas Protegidas:
- Cualquier cambio en la situación laboral.
- Incremento de los miembros de la unidad familiar.
- Necesidad de un miembro de la unidad familiar mayor de 65 años.
- Ser algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo.
- Ser algún miembro de la unidad familiar víctima de la violencia de género.
- Otras situaciones sobrevenidas con incidencia en la unidad familiar, entre otras, el fallecimiento o la discapacidad de alguno de sus miembros, o la nulidad, la separación matrimonial o de uniones de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho.
- Tratarse de la transmisión de un porcentaje de la vivienda a quien ya fuese titular de parte de la misma. Se entenderán comprendidos en este último supuesto las particiones de herencia y disoluciones de condominio y de sociedades conyugales, cuando una de las personas titulares adquiera la totalidad de la vivienda abonando en metálico el valor de la parte de las demás titulares.
- Otras que establezca el Plan de Vivienda.
Juan Rosado
CEO